13 de noviembre de 2014

EL FIN DE UNA SOCIEDAD MISERABLE

Ser pobre y ser miserable son dos cosas muy distintas. Ser pobre es carecer de los recursos para satisfacer las necesidades humanas básicas (alimentación, vivienda digna, salud y educación, principalmente). Ser miserable, en cambio, es estar dispuesto a rebajar la dignidad propia a cambio de unos centavos. Existen miserables pobres y ricos, miserables ignorantes y doctos, miserables de primer y tercer mundo, miserables rubios y morenos.

Existen, a su vez, épocas de las sociedades en que la miseria se generaliza más marcadamente. Hoy México vive una época de extrema miseria; miseria -más no pobreza- que nos coloca como sociedad al nivel de sociedades sin estructuras civilizatorias sólidas como las que se encuentran en ciertas regiones del Congo y otras partes del África Subsahariana.

Aún existen, afortunadamente, enclaves de civilización en México en las universidades, en organizaciones de la sociedad civil, en ciertos círculos religiosos, etc., que hoy están actuando más colaborativamente. Esos enclaves son la última oportunidad de revertir el actual proceso de salvajismo al que -en mi quizás relativa apreciación- desde hace 15 años retrocede esta sociedad. De la capacidad de unificación de esas burbujas de civilización depende la redirección de esta sociedad.

De nosotros depende re-civilizar a las mayorías. Esa tarea tiene todas las características de una misión, como las de la ONU (que a su vez se inspiran en las antiguas misiones católicas, basadas en el convencimiento, el llamado a la razón, al entendimiento y la conexión espiritual). De nosotros depende propagar prácticas civilizadas en nuestra sociedad; hacerle entender al que cambia su voto por una prebenda (100 pesos, despensa, láminas, etc.) que está cometiendo un acto miserable; igual que al policía que extorsiona, al que responde con violencia, etc. Hagamos que hoy termine la permisividad a la miseria.

SR. PROCURADOR, AYOTZINAPA SÍ ES CRIMEN DE ESTADO

(Reproducido de mi columna del 11 de noviembre de 2014 en Los Angeles Press)
Se equivoca el Procurador General de la República, Jesús Murillo Karam, al afirmar que llamar Crimen de Estado a los crímenes de los normalistas de Ayotzinapa “es un poco peligroso”, que “un Crimen de Estado es una cosa mucho mayor”.[1] Mi fundamento para decir que sí se trata de un Crimen de Estado, es el Estatuto de Roma[2], el cual rige la competencia y funcionamiento de la Corte Penal Internacional (ONU 1998), del cual México es signatario desde el año 2005[3] –y por tanto acepta la competencia de dicha Corte[4]. De hecho, denominar esos actos atroces como Crimen de Estado es incluso abreviar lo que en realidad debe ser su tipificación completa: Crímenes de lesa humanidad por asesinato, privación grave de la libertad física, tortura, persecución y desaparición forzada de personas por parte del Estado.

El Estatuto de Roma establece que:

“Artículo 7. …se entenderá por ‘crimen de lesa humanidad’ cualquiera de los actos siguientes: a) Asesinato;… e)… privación grave de la libertad física…; f) Tortura;…h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos… i) Desaparición forzada de personas;… Por “desaparición forzada de personas” se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a admitir tal privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado.”

También es impreciso el Procurador Murillo al afirmar que “Iguala no es el Estado mexicano”. Al igual que el resto de municipios que conforman el gobierno mexicano (en su nivel municipal), el municipio de Iguala forma parte del Estado mexicano. Recordemos que la Teoría del Estado convencionalmente considera al gobierno como elemento formativo del Estado (junto con la población y el territorio) así como elemento de cumplimiento de los fines del Estado (junto con el poder público)[5].

Finalmente, hago un respetuoso llamado a las autoridades investigadoras de este caso a que le den la seriedad que requiere y no den respuestas que denoten minimización de su gravedad y cansancio en su labor. Este no es un caso más. Este es el primer caso en que la sociedad mexicana tiene cero tolerancias a la justicia selectiva, a la impunidad, a la ineficacia, a la simulación, al carpetazo, al uso de chivos expiatorios, de cortinas de humo, de montajes televisivos y demás vicios no poco frecuentes de la justicia mexicana. Si valoran lo poco de legitimidad y prestigio internacional que aún le queda a la actual administración, deben aplicar una pronta justicia en casa y evitar la vergüenza internacional que sería exhibir este caso ante la Corte Penal Internacional en la Haya.



[1] Conferencia de prensa del pasado viernes 7 de noviembre de 2014. Ver video de Gobierno de la República, minuto 55:15 al 55:41: https://www.youtube.com/watch?v=QNcfdHUiP8c

[2] ONU (1998). Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Depositado en la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas. Documento A/CONF.183/9. 66 pp. Roma.
[3] Desde el 7 de septiembre del 2000, México firmó el Estatuto de Roma (ratificado por el Senado el 21 de junio de 2005), por lo que acepta la competencia de la Corte Penal Internacional de la Haya. Véase: http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/DerechoInternacional/6/pim/pim39.pdf
[4] Estatuto de Roma (ONU 1998): “Artículo 12. 1. El Estado que pase a ser Parte en el presente Estatuto acepta por ello la competencia de la Corte....”
[5] González González, María de la Luz (2008). Teoría General del Estado. Ed. Porrúa y Facultad de Derecho de la UNAM. ISBN 978–970–07–7541–8. 670 pp. México, DF.

¿CÓMO REEMPLAZAR AL APARATO POLICIACO-CRIMINAL?

(Reproducido de mi columna en Los Angeles Press del 5 de noviembre del 2014)

Hoy estamos pagando los costos de haber permitido la implantación de un Estado policiaco: la lista de desaparecidos y crímenes de Estado va en aumento. Las policías municipales, estatales y federales en México son un gran riesgo para el ciudadano. Desde el sexenio de Calderón proliferaron los retenes policiacos y militares a lo largo y ancho del territorio mexicano con el pretexto de aumentar la vigilancia y la seguridad –violando con ello el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos[1]. Similarmente, los patrullajes se intensificaron. El aparato policiaco-militar ya se adueñó de los principales cruces de caminos, carreteras y calles, así como de las entradas y salidas miles de poblaciones y puntos intermedios. Hoy tienen el control absoluto del tránsito del país. Se distribuyeron entre ellos zonas geográficas y sectores productivos de una forma parecida al reparto de cuotas. Hoy, ellos saben perfectamente quiénes pasan por dónde en cada punto de nuestra geografía. Si bien es cierto que existen casos de exitosas detenciones de delincuentes por esos medios, por otra parte las violaciones a los derechos humanos han sido por mucho superiores a esos escasos casos de éxito.

Existe una gran heterogeneidad en los niveles de capacitación y corrupción del personal policiaco y militar, especialmente de aquellos ubicados en retenes y módulos. Es incierta la suerte que el ciudadano corre al ser retenido o detenido. Como pueden ser respetuosos y molestar al mínimo al conductor o peatón, también pueden ser agresivos, hostigadores, secuestradores y/o asesinos –como sucedió con el reciente caso de los cuatro jóvenes en Matamoros, con los asesinados en Iguala y con los 43 normalistas de Ayotzinapa secuestrados, por nombrar sólo los casos más recientes.

Los ciudadanos estamos vulnerables al bajo nivel de capacitación de esos policías y militares, estamos expuestos a sus estados de ánimos, a sus acuerdos con el crimen organizado, con la delincuencia común y con gobernantes asesinos; somos vulnerables a las cuotas de extorsión exigidas por sus superiores y hasta a sus niveles de alcohol y drogas consumidas que alteran sus formas de proceder.

Esto debe cambiarse a partir de este momento:

1.      Deben someterse a una investigación inmediata todos los integrantes de policías y del ejército presuntamente asociados con asesinatos y secuestros, para, en su caso, procesárseles penalmente;

2.      Se debe constituir una policía nacional, única, con mando único –este punto lo desarrollaré en otro artículo, pues su definición es harto compleja para abordarse aquí mismo.

3.      Se deben desaparecer las policías municipales y estatales, pues serán reemplazadas por la policía nacional.

4.      Promulgar un código de procedimientos policiacos y militares que cumpla con las garantías individuales y con los protocolos internacionales de trato respetuoso al ciudadano y con penas muy altas en caso de incumplimiento (como la prisión mínima de diez años por la más pequeña falta, como es el caso de los Carabineros en Chile, lo cual explica parte de su éxito).

5.      El código de procedimientos policiacos y militares debe al menos garantizar:

a)      Que nadie, que no haya sido sorprendido in fraganti cometiendo un delito, podrá ser molestado en su persona o en sus propiedades sin la orden expresa de un juez. Con ello, se suprimen los retenes policiacos y militares así como las detenciones y revisiones en patrullajes;

b)      Los policías y militares deberán permitir que cualquier ciudadano los filme y/o fotografíe en cualquier momento, estén o no en servicio. Su calidad de servidores públicos así lo exige;

c)      Todo elemento policiaco y militar deberá actuar inmediatamente ante cualquier hecho delictivo (¡lo ridículo que puede parecer esto por su obviedad!); su retraso u omisión ante un crimen serán tratados como traición y serán castigados con severidad;

d)      Prohibición a las patrullas de activar sus faros, sirenas y timbres si no se encuentran en una persecución –ya que suelen usarlos para intimidar al ciudadano;

e)      Un trato respetuoso hacia al ciudadano ante cualquier situación no delictiva, incluyendo el tono de la voz y la forma de mirar, así como con un uso proporcional de la fuerza ante la comisión de delitos;

f)       La totalidad de garantías individuales consagradas en nuestra Constitución. Para su cumplimiento debe constituirse una defensoría de derechos humanos independiente y de designación ciudadana. Con ello, la actual Comisión Nacional de Derechos Humanos quedaría sustituida.

Estos puntos deben ser considerados en la definición de la agenda ciudadana de quienes hoy nos manifestamos en las calles. Debemos protestar a todo pulmón y en todas las formas contra estos crímenes de Estado, sí. Pero con ello no basta. Ello es sólo el punto de partida para restablecer el funcionamiento del Estado mexicano, lo cual se logrará con base en el diseño de una clara y concreta ruta de reconstrucción que se impulse con un muy bien estructurado pliego petitorio –o ruta constituyente, en caso de continuar la actual negativa gubernamental de cumplirle al Pueblo.



[1] Que consagra la garantía individual de que nadie podrá ser molestado en su persona o sus bienes sin una orden expresa de un juez.

DESLEGITIMACIÓN DEL ESTADO MEXICANO POR INSUFICIENTE REACCIÓN ANTE AYOTZINAPA: PGR, EJÉRCITO y ONU

(Reproducido de mi columna en Los Angeles Press del 14 de octubre de 2014)

 
  El caso de los 43 estudiantes de Ayotzinapa no fue una detención de la policía municipal, sino un secuestro perpetrado por elementos de la seguridad del Estado mexicano. Ese secuestro constituye un crimen de Estado. Un crimen de Estado que no es castigado deslegitima al Estado. Una vez deslegitimado, éste pierde su razón de ser y hay que reemplazarlo inmediatamente.

El nivel de gobierno ejecutor de este crimen de Estado es el municipal. Sin embargo, al ser la propia autoridad municipal incapaz de investigar y castigar a los responsables, de acuerdo al principio de subsidiariedad administrativa la responsabilidad corresponde escaladamente al nivel estatal y, en caso de persistir dicha incapacidad, la responsabilidad escala al nivel federal. Así pues, los dieciocho días transcurridos de los hechos son tiempo suficiente para darse cuenta de que no se están tomando las medidas en proporción a la gravedad de este crimen de Estado.

La única ruta para que el Estado mexicano recupere su legitimidad consiste en la realización inmediata de las siguientes acciones:

1.       La PGR debe inmediatamente llamar a cuentas –lo que hace tiempo se tenía que haber hecho-, a los secretarios y generales de la Defensa Nacional y de la Marina Armada de México, pues sus elementos tienen presencia en todo el territorio nacional –y en especial en el estado de Guerrero, donde tienen una gran cantidad de elementos desplegados desde los años sesenta; desde hace décadas, difícilmente algo se mueve en el estado de Guerrero sin que ellos lo sepan. Los militares, sin lugar a dudas, poseen información valiosa sobre estos sucesos –y no sólo sobre el caso Ayotzinapa, sino sobre toda la guerra contra el narco en México. Los interrogatorios a estas autoridades castrenses revelarán la mayor parte de nombres de implicados y hechos. En caso de que estos interrogatorios no revelen información significativa, aún en ese caso deben haber fuertes consecuencias para las autoridades castrenses, pues ello revelará incumplimiento de su deber. Estos interrogatorios deben realizarse en audiencia pública en radio y televisión abierta en cadena nacional a fin de minimizar el riesgo de extorsiones dentro del proceso.

2.       Aprehender y procesar rápidamente al presidente municipal de Iguala.

3.       Aprehender y procesar rápidamente a todos los elementos de seguridad pública municipal que intervinieron en el secuestro de los estudiantes.

4.       Obtener la renuncia del gobernador de Guerrero Ángel Aguirre con el fin de que no interfiera con las investigaciones del caso. La abrumadora cantidad de señalamientos documentados en su contra constituyen elementos morales suficientes para retirarle la confianza del encargo de gobernador.

5.       Procesar y en su caso encarcelar al gobernador y demás personal gubernamental que resultara responsable.

6.       Investigar todas las denuncias que formal o informalmente se hayan realizado ante la Procuraduría General de la República (PGR) a fin de fincar las responsabilidades y procesar en consecuencia a los funcionarios de esta dependencia por su posible negligencia, omisión o encubrimiento al alcalde de Iguala, al gobernador de Guerrero y a demás autoridades señaladas de colusión con el crimen organizado.

 

Cualquier cosa que haga el Estado mexicano que no comprenda los puntos anteriores será una simple simulación. El caso argentino es elocuente al respecto. La paz regresó al país (y las desapariciones cesaron) hasta que se enjuició a los militares responsables de la guerra sucia de los años setentas y ochentas.

Esta deslegitimación del Estado mexicano no sólo está teniendo lugar ante los ojos del Pueblo de México, sino que ahora también a nivel mundial. La tibia reacción del Estado mexicano ante este crimen de Estado también demuestra al mundo que México sigue sin tener la voluntad de convertirse en una democracia, con lo que la propaganda oficial internacional de “Un México que ha decidido cambiar” se convierte a partir de ahora en una farsa más. Nuevamente, estamos apareciendo ante el mundo como un país atrasado, sin estado de derecho, con prácticas salvajes y una corrupción incontrolable a todos los niveles.

La reciente proposición del Presidente Peña –secundada por el Senado- de que fuerzas militares mexicanas participen en misiones humanitarias de Naciones Unidas como cascos azules se torna ahora inoportuna. Si bien es cierto que la eventual participación de nuestros militares en estas misiones traería enormes beneficios a nuestras fuerzas armadas en tanto que les enseñaría mejores procedimientos de respeto a los derechos humanos, también es cierto que este no es el mejor momento para esa participación debido a lo reciente de las ejecuciones militares extrajudiciales en Tlatlaya y la pasividad mostrada por el ejército en Ayotzinapa.

 
  Los cascos azules los necesitamos más bien nosotros en México puesto que ya reunimos los requisitos que justifican una intervención de las fuerzas de mantenimiento de la paz de Naciones Unidas, pues tenemos[1]: i) un conflicto bélico real (el Pueblo bajo ataque de un Estado cómplice del crimen organizado); ii) las instituciones del Estado son incapaces de solucionar el conflicto (pues se ha roto la confianza en el ejército mexicano, los cuerpos policiacos y las instituciones responsables de la impartición de justicia), y; iii) existe una sistemática violación a los derechos humanos de la población civil.

En caso de que el Estado mexicano no tome medidas de fondo como las arriba propuestas, será entonces hora de que la población civil, por medio de organizaciones sociales y grandes personalidades, solicite directamente a la Asamblea General de Naciones Unidas se someta a discusión el caso de México. También podemos solicitar a distintos gobiernos que lleven nuestro caso al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.


[1] Véase: http://www.un.org/es/peacekeeping/

LOS ERRORES FISCALES DE LA REFORMA ENERGÉTICA




(Reproducido de mi columna del 6 de septiembre de 2014 en la Revista Forbes México)

 
  Quiero comenzar por resumir lo que considero son los dos principales riesgos económicos de esta reforma energética: A) La celebración de contratos con particulares extranjeros representa una pérdida neta de ingresos para el país en tanto que el reparto social de los ingresos petroleros al pueblo de México bajará en términos unitarios; esto es, por cada barril de petróleo extraído, el porcentaje de ingresos que el mexicano promedio recibirá de ese barril será menor –insisto, del mexicano promedio; B) la decisión del destino de la mayor parte de los ingresos petroleros presupuestarios la tendrá esencialmente el Presidente de la República. Así, mientras los beneficios sociales del petróleo serán menores por compartirse con empresas privadas nacionales y extranjeras, los ingresos petroleros serían gastados a voluntad del presidente de la República.
 

 Esa excesiva concentración de decisiones en el Presidente de la República en materia energética –sin siquiera consultar al Congreso- conlleva el alto riesgo de darle un uso sectario o partidista a los ingresos petroleros –a niveles muy superiores a los hasta ahora vistos. El manejo de los ingresos fiscales petroleros previsto en esta reforma también posee una serie de errores que inequívocamente pondrán en jaque a la economía a partir de unos tres años de una forma similar a lo ocurrido en el sexenio del ex-presidente José López Portillo. A continuación enumero y fundamento mis principales cuestionamientos al respecto:
 
1.     Aumento de la carga fiscal de PEMEX. Si bien es cierto que la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 refleja una disminución de 5.3% en términos reales en los ingresos de la federación provenientes de PEMEX[1], ello no se debe a una reducción de la tasa sino de la base gravable de PEMEX[2]. En términos prácticos, sin embargo, esta reforma energética[3] aumentará la actual carga fiscal de PEMEX, ya que no sólo financiará al presupuesto federal en el (elevado) monto observado en el año 2013[4] –con lo cual la carga ya sería la misma que sin esta reforma-, sino que además pagará las asignaciones y los contratos con particulares más una serie de cargas fiscales adicionales destinadas a fondos, proyectos diversos y, nuevamente, a la Tesorería de la Federación en caso de obtener excedentes. Por ello, con esta reforma energética la carga fiscal de PEMEX no será la misma, sino que aumentará; debilitando, por ello, su capacidad financiera de desarrollo[5].
 
Así, la autonomía financiera que el Gobierno Federal presume que se concede a PEMEX con esta nueva legislación se anula por la sobrecarga fiscal prevista en la misma legislación. Existe entonces una contradicción entre lo que dice la propaganda oficial respecto de formar empresas productivas del Estado con visión empresarial, si al mismo tiempo se le impone una mayor carga fiscal a PEMEX.
 
2.     Aumentará el gasto corriente pero muy poco la inversión. Esta reforma propone que los ingresos petroleros continúen financiando el gasto público sin un uso estratégico del dinero, de prácticamente la misma manera como lo ha venido haciendo durante las últimas cuatro décadas. También los ingresos excedentes del petróleo tienen un destino poco estratégico, pues predominantemente se destinarán al aumento del gasto público corriente.
 
El propio Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo carece de estrategia. Este fondo será el instrumento de concentración y reparto de los ingresos petroleros del país a partir del 1 de enero del próximo año[6]. Mientras que en la práctica este Fondo sería un simple medio de recepción de los ingresos petroleros y realización de pagos, el discurso oficial declara que este Fondo posee las virtudes de desarrollo y ahorro inter-generacional del Fondo Noruego. Sin embargo, ambos fondos son esencialmente diferentes debido a que el Fondo Mexicano del Petróleo carece de mecanismos de transparencia y rendición de cuentas, posee una alta discrecionalidad presidencial en su toma de decisiones y carece de una estrategia para servir al desarrollo económico y social del país.
 
3.     Es muy poco probable que las inversiones de la Reserva del Fondo Mexicano del Petróleo alcancen el largo plazo. Con las leyes secundarias recientemente aprobadas, el Presidente de la República tiene la oportunidad de vaciar a su voluntad el ahorro acumulado en la Reserva del Fondo Mexicano del Petróleo. Los casos previstos en los que el gobierno federal podrá financiarse con la totalidad de los activos del Fondo Mexicano del Petróleo tienen una probabilidad muy alta de ocurrir en el mediano plazo, por lo que es muy poco probable que sus inversiones alcancen el largo plazo.
 
Las modificaciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria de la legislación secundaria añaden que el Gobierno federal podrá disponer de la Reserva del Fondo Mexicano del Petróleo (su ahorro de largo plazo) en caso de menores ingresos petroleros:

“Artículo 97.- En caso que, derivado de una reducción significativa en los ingresos públicos, asociada a una caída en el Producto Interno Bruto, a una disminución pronunciada en el precio del petróleo o a una caída en la plataforma de producción de petróleo, y una vez que se hayan agotado los recursos en el Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, la Cámara de Diputados podrá aprobar… las transferencias de recursos de la Reserva del Fondo a la Tesorería de la Federación para contribuir a cubrir el Presupuesto de Egresos, aun cuando el saldo de dicha reserva se redujera por debajo de 3% del Producto Interno Bruto del año anterior.”

Sin embargo, ¿De cuánto debe ser esa caída? No lo especifica esta Ley, por lo que la decisión de vaciar los ahorros petroleros de la Nación queda a discreción del Ejecutivo Federal –especialmente de la Secretaría de Hacienda.

Las fuertes caídas en el PIB han sido una constante en México. Aunque la reforma energética no define parámetros sobre en qué porcentaje deben caer los ingresos públicos para ser considerada una “reducción significativa” ni en qué porcentaje debe caer el PIB, en la historia económica del país hemos encontrado recurrentes caídas del PIB. Simplemente, durante los últimos 14 años, lo más que ha durado la tasa de crecimiento anual del PIB sin caer en más de un 50% respecto del año previo ha sido tres años; y, de seguir esa tendencia, las caídas del PIB podrían tener intervalos cada vez más cortos (como está ocurriendo en la actual administración), con lo que la capitalización del Fondo Mexicano del Petróleo será una meta prácticamente imposible de alcanzar con estas leyes.
 
En lugar de ello:

I.             Debería blindarse a la Reserva del Fondo Mexicano del Petróleo para evitar su descapitalización. Ello requerirá separar, con estricta independencia, la función de los ingresos petroleros como estabilizadores del presupuesto federal de su función de generación de ahorro de largo plazo.

II.           Debería establecerse el criterio de que en lugar de que el gobierno federal disponga de los fondos petroleros como medida de disciplina presupuestaria ante caídas de los ingresos federales, antes deberían recortarse gastos gubernamentales superfluos, como es el caso de comunicación social y gastos personales; así como recortar los gastos administrativos innecesarios. 

4.     Riesgo de desestabilización macroeconómica. Esta legislación prevé aumentar la carga fiscal petrolera a medida que aumentan los ingresos del Fondo Mexicano del Petróleo[7]. Dado que la estructura de gasto de los ingresos petroleros propuesta en esta reforma energética tiene una fuerte tendencia al gasto corriente, es muy probable que, lejos de favorecer, ello desestabilice la economía nacional. En términos macroeconómicos, aumentar desordenadamente el gasto corriente gubernamental tiene un impacto desestabilizador sobre la economía debido al riesgo inflacionario y de endeudamiento de los hogares debido a la generación de expectativas.

En lugar de ello, los ingresos petroleros deberían usarse para elevar los porcentajes de inversión productiva y social, especialmente aumentando la inversión en salud, educación, pensiones, ciencia y tecnología y ahorro de largo plazo.

a)     La contribución del Fondo Mexicano del Petróleo al fisco en caso de que aumenten los ingresos petroleros tiene una tendencia creciente. Esta observación se dirige concretamente al supuesto previsto en el artículo 96 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que señala que si el valor del ahorro de largo plazo excede al 10% del PIB, el 100% del incremento se destinará a la Tesorería de la Federación, esto es, al gobierno federal.

b)     Lo anterior hace que desaparezca la función de estabilización del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, puesto que la estabilización (palabra que forma parte del nombre de este fondo) convencionalmente lleva implícito un mecanismo inter-temporal que transfiere excedentes de riqueza de un período superavitario hacia períodos deficitarios. Insisto: un fondo cumple una función estabilizadora cuando invierte y ahorra más en tiempos de abundancia para usarlo en tiempos de escasez. Sin embargo, lo que está plasmado en esta Ley es exactamente lo contrario: propone aumentar más el gasto corriente cuando hay mayores excedentes petroleros. Parece que quienes participaron en el diseño de esta reforma energética desconocen las causas de la crisis del sexenio de José López Portillo. Justamente estalló por esto[8].

Parece, pues, que a los responsables de esta reforma, o no les enseñaron historia económica de México o están dispuestos a llevar al país de nuevo a una crisis económica. En esta ocasión existe, a diferencia de en los años ochenta, un agravante para lidiar con una eventual crisis: esta vez la producción de hidrocarburos no será una variable de control exclusivo de las autoridades económicas mexicanas, pues empresas y gobiernos extranjeros ya empiezan a formar parte importante del sector.

Por todo lo anterior, esta reforma energética dista mucho de lo que debería ser una reforma responsable en materia de política económica. México sí necesita una reforma energética, pero no ésta. No ésta, con tantos errores macroeconómicos. No ésta, con amnesia histórica.


[1] Entre 2013 y 2014 los ingresos de la federación provenientes de PEMEX se redujeron en 67,986 millones de pesos en términos reales (18,266 millones de pesos nominales), equivalente a una reducción real del 5.3% (1.5% nominal), al pasar de 1,292,720 millones de pesos en 2013 a 1,224,734 millones de pesos en 2014. La diferencia entre 2014 y 2013 de los ingresos provenientes de PEMEX equivale al 1.5% de los ingresos de la federación. Cálculos propios con datos de:
-          DOF (2013) Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014. Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México.
-          DOF (2012). Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013. Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México.
 
[2] Principalmente debido a los pronósticos gubernamentales que prevén continúe la tendencia a la baja tanto del volumen de extracción de petróleo crudo en México como del precio de referencia de la mezcla mexicana de petróleo, véase:
SHCP (2013). Criterios Generales de Política Económica para 2014. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Pp. 67-72:
[3] En los artículos transitorios décimo cuarto y décimo quinto de la reforma energética constitucional así como en los artículos 87 al 97 de las modificaciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria:
- Diario Oficial de la Federación (2013). Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía. Viernes 20 de diciembre de 2013.
- Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Diario Oficial de la Federación. 11 de agosto de 2014.
[4] 4.7% del PIB, art. 93.
[5] Véase al respecto mi artículo publicado el 22 de junio de 2014 en Los Angeles Press, en el cual hago un análisis más detallado del Fondo Mexicano del Petróleo: http://www.losangelespress.org/contrapropuesta-al-fondo-mexicano-del-petroleo-propuesto-por-epn/
[6] Artículo segundo transitorio de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
[7] Véase el destino de ingresos excedentes en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Diario Oficial de la Federación. 11 de agosto de 2014.
[8] Literatura económica mínima al respecto:
-          CEPAL (1998). El pacto fiscal: fortalezas, debilidades, desafíos. Serie Libros de la CEPAL, Nº 47 (LC/G.1997/Rev.1-P), Santiago de Chile, julio. Publicación de las Naciones Unidas.
-          Dornbusch, Rudiger y Simonsen, Mario Henrique (1987). Estabilización de la inflación con el apoyo de una política de ingresos. El Trimestre Económico. México, abril-junio de 1987.
-          Lichtensztejn, Samuel (1984). De las políticas de estabilización a las políticas de ajuste. Economía de América Latina, No. 11, CIDE, México, primer semestre de 1984.
-          Prebisch, Raúl (1981). Capitalismo periférico: crisis y transformación. México, D.F. Fondo de Cultura Económica (FCE).
-          Machinea, José Luis (2001). La crisis de la deuda, el financiamiento internacional y la participación del sector privado, serie Financiamiento del desarrollo, Nº 117 (LC/L.1713-P). Santiago de Chile, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Publicación de las Naciones Unidas.
-          Ramos, Joseph (1991). Restauración y conservación de los equilibrios macroeconómicos básicos. El Trimestre Económico, No. 229. México.